Un abogado chileciteño imputado por lesiones quiso ejercer su propia defensa cuando debía declarar la víctima que lo denunció, y violó la orden delante de la jueza que dictó la medida. Nunca lo detuvieron, y por pedido de la defensa evitaron que la mujer sea interrogada por su propio agresor.


El hecho ocurrió en Chilecito donde el Juzgado de Instrucción N° 2 de esa circunscripción judicial tramita una causa por lesiones leves en contra del abogado Francisco Frati. La víctima es su ex pareja que además lo denunció por amenazas, coacción, violencia sexual, psicológica y económica, aunque la jueza sólo lo imputó por las agresiones físicas.

Juzgado de Chilecito

Virginia Illanes es quien instruye la causa por violencia de género y en octubre del año pasado le había dictado una restricción de acercamiento mientras dure el proceso judicial, ya que ambos compartían -y hasta la actualidad- el mismo lugar de trabajo: son empleados de la Universidad Nacional de Chilecito (UNdeC) y todos los días deben cruzarse cuando registran el ingreso y la salida a la institución. “Él jamás cumplió la orden judicial, los dos siguen trabajando en la sede del centro cuando él debería haber sido traslado en el mismo momento que mi defendida le notificó a la universidad, el 10 de octubre del año pasado, que tenía una perimetral”, explicó la abogada de la víctima, Johana Chamia.

Pero ese incumplimiento judicial de Frati en el ámbito laboral no fue el más grave. La semana pasada el abogado cometió un delito en flagrancia cuando se presentó en sede judicial y delante de la propia jueza Illanes y de la víctima, pretendió ejercer la defensa por derecho propio e interrogar a quien lo denunció. “Ella se puso muy nerviosa y empezó a temblar cuando lo tuvo tan cerca, y él sarcásticamente se burlaba de la situación”, relató indignada la abogada que en ese momento se opuso a continuar la audiencia en esas condiciones.

Según la letrada, para la jueza no fue tan evidente que el agresor no podía estar cerca de la víctima violando la restricción de acercamiento, y menos aún ser interrogada por su agresor, quien además tiene patrocinio legal en este proceso, y es el abogado Rafael Ocampo.

Pero la primera reacción de la jueza no fue la esperada. “Ella debería haberse opuesto a que la víctima pase por esta situación, y que sea el abogado del imputado quien esté en la audiencia, no él”, reclamó Chamía.

En ese momento la abogada le informó a la magistrada que solicitaría la intervención de una escribana que certifique que la presencia de Frati en ese recinto judicial, a menos de 200 metros de la víctima y en presencia de la propia jueza, era un delito en flagrancia y cuanto mínimo debería haber sido detenido.

El insólito argumento que dio el imputado fue que él ya estaba en el lugar (sede judicial), y que fue ella quién llegó hasta ahí. El abogado fue allí precisamente para estar presente cuando la víctima declare, es decir que sabía que la encontraría en e lugar.

La insistencia de la abogada logró que la jueza suspenda la audiencia de ese día y disponga una nueva donde, como debería haber sucedido desde un primer momento, sólo deberá comparecer el abogado codefensor (Ocampo) que asiste a Frati en la causa.

NO REVICTIMIZARÁS

La revictimización es una forma más de violencia que sufren las mujeres. La falta de especialización de la justicia en materia de género es una de las causas más habituales cuando las víctimas acuden a esa instancia, con el hecho ya consumado, para frenar esas situaciones.

Revictimizar cuando la víctima debe recibir atención en las dependencias de Justicia, muchas veces lleva a tratarlas como culpables o responsables del delito que fueron a denunciar. Se expone a la víctima en el momento de dar su testimonio, y plantean dudas que se orientan a culpar o responsabilizar a la víctima del hecho ocurrido.

¿Que le hizo para que le pegara? ¿tenía escote o pollera corta? ¿estaba consumiendo alcohol? ¿usted lo engañaba? Son interrogantes que ponen la responsabilidad del delito en la víctima y ahí muchas veces, quizás la mayoría, es donde falla la policía y operadores de justicia.

Permitir, o no impedir, que una víctima tenga que compartir el mismo espacio con el agresor al que denunció por violencia física y hostigamiento psicológico, entre otros delitos, también es revictimizante.

“Hasta el día de hoy él la sigue perturbando. Se cruzan en el jardín donde asisten los hijos de ambos y él le estaciona el auto atrás, le manda mensajes a personas de su entorno, y en el lugar de trabajo se presenta en donde ella está. Jamás cumplió la orden judicial que le prohíbe acercarse y ahora se burla en presencia de la propia justicia”, se indignó su abogada.

La letrada explicó además que la restricción de acercamiento que tiene Frati sobre su defendida fue presentada por la propia víctima en el área de Recursos Humanos de su trabajo (la UNdeC), con fecha 10 de octubre del 2018. En ese mismo momento, asegura Chamia, tanto el imputado como la universidad deberían haber arbitrado los medios para que ambos no permanezcan juntos en el mismo ámbito ni un minuto más. “La universidad tiene una sede en el Centro y otra en Los Sarmientos, deberían haberlo trasladado a él para que no se crucen, pero no lo hicieron”, denunció sobre otra revictimización, en este caso de la institución educativa que tampoco cumple con lo que manda la ley para proteger a una mujer en situación de vulnerabilidad.

NO ALCANZA

Desde hace un año La Rioja cuenta con dos juzgados especializados para atender las causas de violencia de género y menores, pero ambos funcionan en la Primera Circunscripción Judicial, es decir Capital. Desde entonces y sólo en uno de ellos, el más nuevo, ya se atendieron 990 incidentes, entre órdenes de detención, medidas de allanamientos e informes. Tiene un promedio de 14 o 15 denuncias diarias. Ambos están atiborrados de causas.

Hace algunas semanas profesionales de la justicia y el Consejo de la Mujer de Chilecito salieron públicamente marcando la necesidad de crear un Juzgado especializado que atienda causas en situaciones de maltrato infantil o violencia de género, para hacer un abordaje interdisciplinario y tratamiento terapéutico

“Pedimos la creación de este Juzgado para que el trato que reciban los que necesiten y quieran acceso a la justicia en el departamento, sea en iguales circunstancias y condiciones que el de Capital”, afirmó en declaraciones mediáticas Mariel Romano asesora de Menores e Incapaces del departamento del oeste, que es la Segunda Circunscripción Judicial.

Romano argumentó: “pedimos la especialización del juzgado porque el grupo etario que es la niñez y la adolescencia y además en los casos de violencia de género, el tratamiento que deben recibir las víctimas que están en situación de vulnerabilidad, debe ser especializado con un abordaje interdisciplinario”. Actualmente y desde hace varios meses la Cámara de Diputados de la Provincia tiene en Comisión el proyecto para la creación, pero aún no se aprueba.

Sabido es que la justicia actúa cuando el hecho ya está consumado, cuando la violencia machista ya dejó sus marcas en los cuerpos o en la psicología de muchas mujeres que la padecen. Pero si además la Justicia carece de perspectiva para abordar los casos, el resultado puede ser mucho peor.

La llamada “Ley Micaela” que aprobó el Congreso de la Nación luego del femicidio de Micaela García, establece un elemento clave para avanzar en una política pública seria: no es una mera elección de preferencia personal capacitarse o no hacerlo. Es obligatorio.

Sin embargo en La Rioja el espíritu de la norma nacional fue borrado de un plumazo: la adhesión sancionada el pasado 9 de mayo por la Legislatura provincial es parcial y justamente exceptúa los artículos que prevén, por un lado la obligatoriedad, y por el otro la intimación a las personas que se negaren sin justa causa a capacitarse.

La ley riojana también dejó afuera de su articulado un elemento importante para garantizar el efectivo cumplimiento: “brindar acceso público y difundir el grado de cumplimiento de las disposiciones”. Tampoco obliga a “identificar a las/os responsables de cumplir con las obligaciones”, y “el porcentaje de personas capacitadas, desagregadas según su jerarquía”, como sí lo establece la norma nacional.

Los hechos que suceden en la actualidad, sumando al pedido y la necesidad real que se plantea en Chilecito, nos llevan a reflexionar que quizás no alcanza con seguir creando juzgados como única política en materia de género, si además no se trabaja en la prevención, exigiendo capacitación y sensibilización a por lo menos todos y todas las agentes que hoy tiene el Estado, con el fin de cambiar los patrones y conductas de la violencia estructural.