La provincia adhirió parcialmente a la norma nacional que obliga a todes les agentes del Estado a capacitarse en la temática. La provincial deja ni más ni menos, librado a la voluntad de cada agente y jerarquía, la intención de formarse. Tampoco destina un presupuesto específico para la capacitación, y no obliga a informar el grado de cumplimiento. Análisis de una política en materia de género que se queda a mitad de camino.


La llamada “Ley Micaela” se promovió y aprobó en el Congreso de la Nación luego del femicidio de Micaela García, la joven entrerriana de 21 años asesinada por Sebastián Wagner en 2017. Promulgada el 10 de enero de este año por el Poder Ejecutivo de la Nación, la norma establece un elemento clave para avanzar en una política pública seria: no es una mera elección de preferencia personal capacitarse o no hacerlo. Es obligatorio.

Sin embargo en La Rioja el espíritu de la norma nacional fue borrado de un plumazo: la adhesión sancionada el pasado 9 de mayo por la Legislatura provincial es parcial y justamente exceptúa los artículos que prevén, por un lado la obligatoriedad, y por el otro la intimación a las personas que se negaren sin justa causa a capacitarse.

“Adhiérase parcialmente la provincia de La Rioja a la Ley Nacional N° 27.499 -Capacitación en género de los funcionarios de los tres (3) Poderes del Estado llamada «Ley Micaela», con excepción de las disposiciones contenidas en los Artículos 3°, 6°, 7°, 8° y 9° y Cláusula Transitoria contemplada en el segundo párrafo del Artículo 10°”, dice el artículo 1° de la ley local que lleva el N° 10.174, publicada en el boletín oficial el 4 de junio y que aún no fue reglamentada.

A MITAD DE CAMINO 

Con una adaptación un tanto sui generis de la pretendida política pública, La Rioja es la única provincia que hasta el momento hizo una adhesión parcial. Según la información difundida por el Instituto Nacional de las Mujeres (autoridad de aplicación de la norma nacional) ya son ocho las jurisdicciones con adhesión local (Buenos Aires, Chaco, Chubut, Córdoba, Neuquén, Salta y Santa Cruz), mientras otras tres están en tratamiento (Tierra del Fuego, La Pampa y Jujuy).

A la “obligatoriedad” e “intimación” que propone la ley nacional, la provincial le pone un sentido inverso estableciendo “medidas de estímulo e incentivos” a cada agente que sí se capacite. Dispone además que “los agentes del Estado Provincial que no se capacitaren, conforme a los contenidos regulados por la presente ley, quedarán excluidos de las medidas de estímulos e incentivos”. La Secretaría de la Mujer es la autoridad de aplicación en la provincia.

La ley riojana también dejó afuera de su articulado un elemento importante para garantizar el efectivo cumplimiento: “brindar acceso público y difundir el grado de cumplimiento de las disposiciones”. Tampoco obliga a “identificar a las/os responsables de cumplir con las obligaciones”, y “el porcentaje de personas capacitadas, desagregadas según su jerarquía”, como sí lo establece la norma nacional.

Otro punto clave que lxs legisladores riojanxs sacaron de la normativa local es la obligación de presentar un informe anual sobre el cumplimiento de lo dispuesto por la ley, que incluya la nómina de altas autoridades provinciales que se hayan capacitado.

Con esa modificación sustancial, lo que hace la provincia es quitar los mecanismos de monitoreo y seguimiento, tal como es sugerido por los organismos especializados en la materia, para que la sociedad civil pueda implicarse para verificar el cumplimiento de las obligaciones de capacitación.

Además la ley N° 10.174 en su artículo 9° deroga a la N° 10.083 autoría de la diputada Gabriela Amoroso, que había sido sancionada en mayo del año pasado, y con un sentido muy parecido al de la Ley Micaela preveía brindar información y capacitación a empleados de las tres Funciones del Estado. El dato relevante es que la norma derogada autorizaba al Ejecutivo a destinar presupuesto para implementarlo, a diferencia de la que hoy está en vigencia que no habla de partidas presupuestarias.

A LOS PONCHASOS

Curiosamente la adhesión provincial fue adaptada y aprobada por lxs diputadxs riojanxs sin convocar a quienes sin embargo designaron como autoridad de aplicación: la Secretaría de la Mujer. Según la directora general de Asistencia a la Mujer y la Familia, Maria Eugenia Torres, las profesionales del área no fueron citadas para articular la adaptación local con el organismo encargado de diseñar las políticas específicas en la materia.

Torres aseguró que previo a la sanción de Ley Micaela, la Secretaría ya venía realizando capacitaciones en distintas áreas gubernamentales, pero ni con la legislación anterior (10.083) ni con la vigente, se dispone un control sobre quién se capacita y quién no, ya que no es obligatorio hacerlo.

Desde la Secretaria de la Mujer intentaron impulsar un veto parcial a la norma que se aprobó, ya que no están de acuerdo con la no obligatoriedad y lo laxo que puede resultar en este punto la pretendida capacitación, pero finalmente el veto no prosperó.

“A nosotros nos interesa que se vaya cambiando la cultura, entendemos que tenemos que ir trabajando en forma transversal en todas las áreas, centros de salud, Policía, y demás áreas, si queremos generar un cambio estructural”, resalta Torres.

Además aseguró que la intención con respecto a la reglamentación que todavía no se hizo, es que todas las organizaciones puedan participar. “No queremos hacerlo solo nosotras, sino con las área especializadas y a través de la mesa intersectorial”, puntualizó.

Por su parte, la directora del Centro de Integración de Estudios de Géneros de La Rioja (CINEG) Karina Viñas, puso luces amarillas ante la adhesión parcial, y advirtió la necesidad de una política seria: “esperamos se instituya como Política Publica con la partida presupuestaria necesaria para su implementación, ya que nuestro sistema se presenta normativista con abundancia de normas vigentes, pero débilmente estatista a la hora de la ejecución de las mismas que se traduzcan en verdaderas acciones de protección para la sociedad riojana”.

EL ESTADO ES RESPONSABLE

La ley nacional, y sus perspectivas adhesiones provinciales, fueron bautizadas como “Ley Micaela” en homenaje a esa joven militante social, política y feminista de 21 años que fue violada y asesinada en Gualeguay a la salida de un boliche, por un hombre que ya tenía antecedentes de ataques sexuales.

Sebastián Wagner cumplía una condena a 9 años de prisión por otros ataques sexuales, pero el juez de Ejecución Penal Carlos Rossi le había otorgado el beneficio de salidas transitorias anticipadas, pese al informe del Servicio Penitenciario que desaconsejaba su liberación.

Pensar en Micaela “La Negra” García y la política pública que originó su femicidio, nos permite hacer un correlato con un triste antecedente provincial. En la madrugada del lunes 8 de enero Deolinda Torres fue asesinada en su propia casa presuntamente por su ex pareja Santiago Condorí. La defensa de la familia de “Deo”, como la conocía su entorno, advirtió desde un primer momento las falencias de la Fiscalía y el juzgado de Instrucción que tramitaba el expediente por denuncias previas que ella había realizado. Días antes de trágico desenlace ella fue a pedir ayuda porque su ex no cumplia la medida de no contacto, y según relatan sus amigas «en la Justicia le dijeron que estaban de vacaciones, que vuelva en febrero». Febrero jamás le llegó.

Cuando mataron a Deolinda el gobierno provincial creó el fuero especial de Violencia de Género y Protección de Menores que preside la jueza Gabriela Asís. Dos días después del femicidio de Sabina el Consejo de la Magistratura designó como jueza transitoria a Magdalena Azcurra, para reforzar el arduo trabajo que tiene el juzgado de Asís, que apenas cumplió un año y ya recibe más de 10 denuncias diarias ¿Será que el Gobierno provincial supone que en la Justicia empieza y termina la responsabilidad del Estado?

A nivel nacional el Instituto Nacional de las Mujeres (INAM) tuvo un fuerte recorte presupuestario para 2019. Su Plan Nacional de Acción para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres tuvo este año un 40% menos que en 2018, lo cual sumado a la inflación significa un recorte de recursos del 60% en solamente un año. El número final que se obtiene es que el Estado asigna en la actualidad poco más de 11 pesos por mujer al año para cuidarla.

La “obligatoriedad” que dispuso la «Ley Micaela» es, justamente, para poder dar cumplimiento a un deber que asumió nuestro país al firmar la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Belém do Pará). El proyecto que dio origen a la ley 27.449 a fines del 2018, explicitaba en sus fundamentos que “esta formación debiera ser obligatoria, no limitada a lo normativo y lograr un aprendizaje que produzca cambios culturales que impacten en la vida de las mujeres. Para ello, los organismos especializados recomiendan la sostenibilidad de la capacitación y el seguimiento de sus resultados”.

En la provincia al menos la normativa sancionada refleja que falta profundizar en el diseño de las políticas públicas y su real implementación. Cuando recientemente la madre y el padre de Micaela García visitaron La Rioja para participar de una capacitación relacionada con la ley, legisladores provinciales se excusaron por la parcialidad argumentando que probablemente era ambicioso y dificultoso capacitar a «todos y todas» las agentes del Estado.

La justicia siempre actúa cuando un hecho ya fue consumado y la violencia machista imprimió de dolor los cuerpos de las mujeres, travestis y trans. No alcanza con seguir creando juzgados como única política en materia de género, si además no se trabaja en la prevención, exigiendo capacitación y sensibilización a por lo menos todxs lxs agentes del Estado, con el fin de cambiar los patrones y conductas de la violencia estructural.