A casi un mes de entrar en vigencia la ley de aborto, La Rioja aún no definió protocolo propio aunque las autoridades trabajan en un flujograma, lista de objetores y de profesionales para garantizarla. Las obras sociales públicas y privadas buscan determinar el módulo y nomenclador para mediación e intervenciones que soliciten sus afiliadxs. Detalles de la situación actual en la provincia.  


Tras el impacto político que generó la ley de interrupción voluntaria del embarazo en Argentina finalizando el 2020, los sistemas de salud de cada provincia debieron acelerar un arduo trabajo a fin de garantizar el efectivo cumplimiento de la norma que entró en vigencia el 24 de enero.

Las disposiciones de la ley son de orden público por lo que su aplicación es obligatoria en todo el territorio nacional. Pero no existe un protocolo único de aplicación por lo tanto queda a criterio de cada provincia definir el modo en que lo hará. En ese camino están hoy las autoridades del gobierno de La Rioja, que desde hace un mes realizan reuniones para diagramar el cómo y una guía lo más clara posible para lxs profesionales.

PROTOCOLO PROPIO

“No tenemos aún definido el protocolo y tampoco una fecha estimativa de cuándo podría estar. Estamos trabajando en eso”, aseguró sin mayores precisiones la secretaria de Promoción y Prevención de la Salud Marcia Ticac, segunda en la línea de mando del ministerio de Salud que preside Juan Carlos Vergara.

El trabajo al que alude Ticac viene siendo intenso y tenso en las últimas cuatro semanas, según confirmaron varias profesionales de la salud y funcionarias de distintas áreas del gobierno riojano que están participando en la diagramación del protocolo.

La tensión era previsible. En esos encuentros estuvieron, además de las autoridades ministeriales, directivos y responsables de áreas del Hospital de la Madre y Niño, además de medicxs que deberán garantizar la práctica. Entre estxs ultimxs hay varixs de distintos servicios que ya hicieron saber su negativa para realizarla, amparándose en la objeción de conciencia que también prevé la ley.

El panorama de La Rioja no es diferente al de la mayoría de provincias del NOA y NEA. La mayoría de profesionales del primer nivel (Centros Primarios de Salud) y del segundo, lxs del servicio de Ginecología y Maternidad, anestesistas y varios médicxs de Familia, se declaran objetores. Con lo cual el trabajo a diagramar no es nada fácil, aunque exige respuestas del Estado.

Una de las últimas reuniones se realizó en el hospital de la Madre y el Niño y estuvo encabezada por el propio ministro Vergara. El clima del encuentro, aseguraron lxs presentxs, fue tenso como en muchas de las reuniones. “Hubo una bajada de línea clara por parte del ministro para que entiendan que hay una ley que cumplir y garantizar, además del derecho de los objetores”, comentó alguien presente. Pese a su postura pública en contra de la despenalización y legalización del aborto, la actitud de Vergara obedece a una bajada clara del gobernador de Ricardo Quintela para hacer cumplir la ley.

Del encuentro también participaron el director del Hospital de la Madre y el Niño, la secretaria Marcia Ticac, la directora del Programa de Salud de la Mujer Evangelina De Caminos, Marta Llanos que es coordinadora del Programa de Salud Sexual, Género y Diversidad de La Rioja, profesionales de los servicios de Ginecología y Tocoginecología, y de la Oficina de Acceso a la Justicia. “Se está trabajando en un listado tanto de quienes son objetores como los que no, para que la persona que quiera acceder tenga la información clara y se sepa a dónde enviar a quien pida una IVE”, explicaron al finalizar el encuentro.

OBJETORXS

«Vamos a necesitar que el área ministerial sume más profesionales dispuestos a realizar el procedimiento”, declaró semanas atrás en los medios el director Ejecutivo del Hospital de la Madre y el Niño, Aldo Torres cuando confirmó que la mayoría de lxs médicxs son objetores de conciencia. El HMyN es la institución que tendrá que dar respuestas en los casos de complicaciones con la práctica medicamentosa que deberá realizar el nivel primario.

El artículo 10 de la ley establece los requisitos que debe cumplir el o la profesional de la salud para ejercer la objeción de conciencia, como así también en qué situaciones no podrá negarse a realizar la práctica.

En relación a la objeción de conciencia y obligaciones de los establecimientos de salud, el artículo siguiente establece que los efectores de salud del Subsector Privado o de la Seguridad Social que no cuenten con profesionales para realizar la IVE, por ejercer su derecho de objeción de conciencia, deberán prever y disponer la derivación a un efector que realice efectivamente la prestación, con similares características al que la persona solicitante de la prestación consultó.

“Hasta el momento no tenemos una lista de objetores pero hubo reuniones y en la parte privada circula una declaración jurada de objeción de conciencia que presentarían ante el ministerio”, explicó Marta Llanos.

“Los huesos más duros de roer son los de Ginecología, que se declaran todos objetores”, explica uno de los médicos que está a favor de la práctica. El problema con los profesionales de este servicio es que hasta la semana 12 del proceso gestacional son quienes deben intervenir, y pasado ese plazo le corresponde a lxs de Maternidad. “Si todos se declaran objetores significa que no habrá nadie que atienda”, agrega.

GARANTIZAR LA PRÁCTICA

Mientras se define un protocolo para aplicar en La Rioja, las reuniones hasta ahora sirvieron para definir algunos criterios mínimos ante la solicitud de la práctica ya que es alta la demanda, tanto en capital como en el interior provincial.

“En el primer nivel de atención, que son los CAPs, estamos buscando fortalecer lo que tenemos y ampliarlos hacia todos los nodos”, explicó Llanos.

Hasta el momento se dispuso que la zona sanitaria 1 (Capital) tiene la obligación de buscar un equipo para cada nodo. En Capital existen aproximadamente 20 Centros Primarios de Salud (CPS) que están organizados por nodos. De cada nodo dependen cinco CPS que por lo general son próximos en los barrios.

“Actualmente hay dos nodos cubiertos, lo cual es muy poco. Se necesita urgente la ampliación de profesionales porque somos muy poquitos. Y en el equipo sí o sí debe haber un médicx para que entregue la medicación”, comentó una de las profesionales que trabaja para garantizar la práctica. “Hay que reconocer que existe una política del ministerio para hacer cumplir la ley”, agregó.

El equipo de cada nodo se debe conformar contemplando todo lo que prevé la ley para realizar la intervención: alguien que realice la ecografía, trabajador social o psicólogx en caso de requerirlo la persona gestante y el/la medicx que entregará la medicación.

El trabajo por el momento se fortaleció en los grupos internos con una comunicación permanente de todas las personas que en distintas áreas tienen, desde hace tiempo, el compromiso y convicción de garantizar algo que ahora manda la ley.

Si bien desde el ministerio de Salud esperan algunas directivas desde la cartera nacional, actualmente se manejan con las fichas que ya existían para las prácticas por causales (ILE), pero en este caso considerando sobre todo los plazos que establece la nueva ley.

FLUJOGRAMA

Según informaron las autoridades provinciales, tanto de Salud como de la secretaría de la Mujer y Diversidad, el trabajo de las últimas semanas estuvo abocado a definir un flujograma, representación gráfica del proceso para garantizar la interrupción voluntaria del embarazo.

La diagramación hasta el momento prevé que las personas gestantes que recurran al hospital en busca de la práctica, ya sea en la guardia de Ginecología o consultorio, deben dirigirse al consultorio de Salud Sexual y Reproductiva que allí funciona. Allí se hará la historia clínica y el ministerio es quien tendrá que darle respuesta derivandolas a lxs profesionales que no son objetores, hasta tanto se armen los equipos en todas las zonas sanitarias de la provincia. En el caso del interior, hay dos médicas que también realizan las practicas.

“La consejería de la IVE tiene que venir de un primer nivel, por eso es tan importante que los CPS tengan su equipo”, sostiene otra médica de un Centro Primario. La ley prevé en su articulo 5 que el personal de salud debe garantizar ciertas condiciones mínimas y derechos en la atención del aborto y postaborto que incluye trato digno, privacidad, confidencialidad, acceso a la información, autonomía de la voluntad.

“Al hospital solo deberían ir cuando existe una complicación de la IVE o ILE medicamentosa, o la persona que elija el procedimiento de AMEU (aspiración manual endouterina). Es obligación del hospital proporcionar un equipo para poder darle la opción de ese tratamiento, como dice el protocolo, a quien solicita la practica del aborto”, sostuvo otra profesional.

OBRAS SOCIALES

El artículo 12 de la flamante ley prevé que las obras sociales enmarcadas en la ley 23.660 y en la ley 23.661, entre otras, deben incorporar la cobertura integral y gratuita de la interrupción voluntaria del embarazo en todas las formas que la Organización Mundial de la Salud recomienda. Contempla que estas prestaciones quedan incluidas en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y en el PMO con cobertura total, junto con las prestaciones de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.

Al igual que en el sistema de salud, las autoridades de las obras sociales aseguraron que aún existe mucha incertidumbre y poca claridad sobre la implementación que le corresponde a estas entidades. «Estamos esperando más precisiones que surgan de la reglamentación», aseguraron varixs representantes.

La titular de la Administración Provincial de Obra Social de La Rioja (APOS), Claudia Ortiz, informó que aún no está definida cómo será la aplicación, pero aseguró que trabajarían para garantizarla. APOS es una de las obras sociales con más afiliadxs en la provincia, ya que concentra el grueso de lxs agentes públicos de La Rioja.

«Es nuestra voluntad garantizar la medicación y la practica por lo que trabajaremos en que así sea cuando haya mas definiciones de nuestras autoridades también», sostuvo Ortíz.

Actualmente la medicación que se utiliza para la practica (los llamados aborto no quirúrgico o con medicamentos) son de alto costo: Misoprostol (por 12 comprimidos)  $6265,42 y Oxaprost (por 16 comprimidos) $10,527.

Desde otra obra social privada con una cartera amplia de afialidxs en La Rioja aseguraron que en las primeras reuniones para determinar la implementación se propusieron opciones, incluso con autoridades nacionales, pero sin definiciones concretas.

«El reintegro fue una de las propuestas que surgió, cuando la practica la realice un prestador no contratado por la obra social», dijo una autoridad de esta OS.

«Hay mucha laguna, incluso con Superintendencia que es el órgano de contralor, porque todavía no está nomenclado. Necesitamos definir un módulo y tener un código para que las obras sociales puedan facturarlo. Además debemos definir cómo haremos para garantizar que se respete la confidencialidad«, son algunas de las incertidumbres y operatividades que señalaron.

En el mismo camino está otra de las obras sociales gremiales con afiliadxs en la provincia. «Aún no tenemos información oficial desde Nación. Estamos esperando directivas».

Al igual que en todo el sistema de salud, las próximas semanas serán claves para avanzar en definiciones que lleven más claridad a quienes, con derecho, quieran acceder a la practica de IVE.