La resolución judicial la dictó la jueza de Violencia de Género Karina Cabral a favor de la intendenta de la Capital Inés Brizuela y Doria y contra el medio «Involucrados» de Adrian Molina. Ordenó bajar publicaciones que contienen «adjetivaciones» en razón de su condición de mujer, cese de perturbación e intimidación y evitar agresión verbal y maltrato.


La resolución del Juzgado de Violencia de Género N° 1 es la cuarta que el fuero especial de Instrucción emite por este tipo de violencias contra mujeres del ámbito de la política o periodistas feministas de la provincia.

La denuncia que realizó la intendenta de la Capital Inés Brizuela y Doria el pasado 30 de abril tenía como eje el «sistemático y permanente ataque por razones de género» de parte del medio «Involucrados» cuyo responsable es Adrian Molina, (a través de la web y redes sociales). Adjuntaba 30 capturas de pantallas certificadas por escribana pública donde constan las agresiones hacia la jefa comunal y a otras mujeres del ámbito de la política «para demostrar que más allá de la intendenta es una conducta sistemática que muestra odio al género», explicó su abogada.

Si bien el juzgado se declara incompetente para resolver en la denuncia civil por daños y perjuicios, o en la calumnias e injurias, la jueza Cabral sí resolvió la cautelar que ordena una serie de medidas, por el plazo de 120 días, que tienen como fin evitar que el medio siga violentando a la funcionaria.

La justicia especializada en la materia consideró que siempre que Molina nombró a la intendenta en las redes lo hizo incurriendo en lo que tipifica la ley 26485, en el inciso F del artículo 6, violencia mediática: «aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres».

Entre las medidas que ordena, Cabral hace especial referencia a las publicaciones que implican «adjetivaciones» en razón de su condición de mujer, por ser discriminatorios y no informativos, para evitar caer en la critica de la censura a la libertad de expresión.

La dictada por la jueza es la cuarta medida que adoptan los dos juzgados especializados en contra medios o sus editores, y en favor de mujeres que se desempeñan en la función publica (la diputada Gabriela Amoroso y la viceintendenta de Sangasta Cristina Molina) o en el periodismo feminista (contra el medio Riojalibre).

Entre las medidas dispuesta, la jueza ordena:

-Cese de actos de perturbación e intimidación que directa o indirectamente realice contra la intendenta, porque son violencia contra la mujer.

-Que en 48 hs el medio suprima de su pagina o redes sociales (en el Twitter a través de la cuenta @AdrianLaRioja) las noticias contra la intendenta que impliquen «adjetivaciones» en razón de su condición de mujer, por ser discriminatorios y no informativos.

-Evitar la repetición de todo acto que implique agresión verbal y maltrato contra la mujer y prohibir la publicación de contenidos agraviantes para preservar su integridad moral, pública y privada.